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Roger Maquera En los últimos años la región Puno se ha visto envuelta en constantes problemas de índole territorial y limítrofe con los departamentos vecinos de Moquegua, Arequipa, Tacna y Madre de Dios, escenario en que algunas provincias del departamento de Puno, tales como: Carabaya, Lampa, Puno, El Collao y Chucuito, se han visto afectados por los recortes de las áreas pertenecientes a sus territorios, por los departamentos colindantes. Siendo Moquegua el departamento que se habría apropiado de una mayor extensión en la zona de frontera, consistente en 1,660 Km2 del total de 2,839 Km2 recortados por los departamentos limítrofes (1).
Asimismo, las tensiones limítrofes se agravan con el departamento de Moquegua respecto a los beneficios de la explotación de los recursos naturales (2), en particular sobre el canon minero que genera la Empresa Minera Aruntani SAC por las operaciones que desarrolla en la frontera de Puno y Moquegua, cuya ubicación según la concesión minera se encuentra en el departamento de Puno y los recursos del canon benefician a la región Moquegua. En consecuencia, diversas autoridades locales de los distritos limítrofes (Santa Rosa – Masocruz, Acora, Laraqueri, San Antonio de Esquilache, etc.), así como representantes de organizaciones gremiales conforman el Comité Unitario de Lucha de la Zona Sur en agosto del 2007, con el propósito de promover la defensa de los límites territoriales, para ello se dio inicio a un proceso de elaboración participativa del Mapa Político de la Región liderado por los funcionarios del gobierno regional y miembros del Comité de Lucha. El resultado de este proceso fue la elaboración del Mapa Político Actualizado de la Región Puno, cuyo expediente de propuesta de delimitación territorial fue validada por el consejo regional y remitido en noviembre del año 2008 a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT) de la Presidencia del Consejo de Ministros para su revisión y aprobación definitiva. Sin embargo, mediante Carta Nº 001-2009-PCM/DNTDT remitida por la DNTDT al gobierno regional de Puno, el pasado 01 de julio, se desestima la propuesta de delimitación territorial, que más allá del carácter unilateral que pueda tener la propuesta, deja en el vacío el esfuerzo de más de dos años que ha significado su elaboración por parte de las autoridades regionales y la sociedad civil puneña (3). Los argumentos de la DNTDT están referidos a que la Ley de Demarcación y Organización Territorial, Ley Nº 27795, no contempla el tratamiento para la aprobación de expedientes, mapas u otro tipo de delimitaciones departamentales. Asimismo, ésta entidad no tendría el marco legal ni técnico para evaluar el expediente de delimitación del departamento de Puno, de acuerdo a lo solicitado por el presidente regional de Puno, además dicha entidad cumple sólo trabajos de nivel provincial. Según esta información existiría un aparente vacío legal para la delimitación interdepartamental en nuestro país, además de no estar determinada la entidad competente para solucionar conflictos de esta naturaleza, existiendo una indiferencia del aparato político y técnico del gobierno central para atender dicha demanda. Análisis del marco normativo La Ley de Demarcación y Organización Territorial, Ley Nº 27795, así como su reglamento aprobado mediante D. S. Nº 019-2003-PCM, establecen las definiciones básicas, criterios técnicos, y los procedimientos para el tratamiento de la demarcación territorial atribuyendo dicha competencia de manera exclusiva al Poder Ejecutivo, siendo además la entidad responsable de lograr el saneamiento de límites y la organización racional del territorio de la república. De igual manera, establecen como objetivos de la demarcación definir las circunscripciones territoriales de nivel distrital, provincial y departamental, que garanticen el ejercicio del gobierno y la administración, y faciliten la conformación de las regiones. Esta labor, no estaría siendo cumplida por el ejecutivo a través de sus instancias respectivas, dejando a las regiones la solución de sus controversias sin marco normativo que los faculte. No obstante, que por disposición normativa la Presidencia del Consejo de Ministros a través de su Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT) es el órgano rector del sistema de demarcación territorial, en cuya competencia recae la responsabilidad de normar, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar el tratamiento de todas las acciones de demarcación territorial, a efecto de que se sustenten en criterios técnicos y geográficos (Art. 5 Ley Nº 27795). En tal sentido, no existe ningún vacío legal para definir la delimitación interdepartamental que se sustenta en el mapa político de la región Puno, siendo responsabilidad exclusiva de la DNTDT regular los mecanismos y procedimientos específicos para resolver la propuesta. Lo que se viene
Si bien la propuesta de delimitación territorial de la región Puno, ha sido elaborada de manera unilateral y al margen de las competencias establecidas para los Gobiernos Regionales en la Ley de Organización y Demarcación Territorial, pues se realizó en respuesta a los niveles de conflictividad sobre la delimitación territorial aún no resueltas en las zonas de frontera y la inoperancia de los organismos nacionales competentes (DNTDT) para regular su intervención y realizar una adecuada delimitación territorial que involucre a los gobiernos regionales para resolver estos problemas. Asimismo, la demanda social para la resolución de este problema es considerable, situación que se demuestra con la activa participación de la sociedad civil en el proceso de elaboración de la propuesta de delimitación territorial. En este escenario incierto para la aprobación de la propuesta de delimitación territorial, como es natural la sociedad civil regional, así como las autoridades locales y regionales han mostrado su disconformidad, anunciando futuras acciones de protesta. Tal es así que el Comité de Lucha de la Zona Sur, viene realizando coordinaciones para realizar medidas de protesta en defensa del territorio regional, además dicha plataforma ha sido incluido en el paro que se viene desarrollando los días 7, 8 y 9 de julio. Finalmente, la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT) debe proponer con urgencia una directiva que regule de manera específica los procedimientos y mecanismos para la demarcación interdepartamental. Asimismo, debe adoptar la propuesta de delimitación territorial planteada por la región Puno, como instrumento base para validar, según los procedimientos de demarcación interdepartamental que deben ser aprobados, involucrando a los departamentos vecinos para garantizar un proceso legítimo y así evitar futuros conflictos. NOTAS
(1) Datos de la Sub Gerencia de Demarcación Territorial del Gobierno Regional de Puno.
(2) Según datos oficiales del MEF sistematizado por la institución Mejorando la Inversión Municipal (MIM - Puno), en términos globales, en el 2008 Moquegua recibió por concepto de Canon Minero S/. 38,721,806.74, mientras que Puno recibió S/. 35,736,978.18. En lo que va del 2009 hasta el 08 de julio, Moquegua recibió S/. 103,727,848.72, mientras que Puno S/. 63,602,547.45.
(3) Información extraída del Diario Los Andes, edición 01 de julio 2009.
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